Hombre condenado a ocho años de prisión por agredir sexualmente a una mujer semiinconsciente en un bar de Málaga

Hombre condenado a ocho años de prisión por agredir sexualmente a una mujer semiinconsciente en un bar de Málaga

Condenado a ocho años por agredir sexualmente a una joven semiinconsciente en su bar en Málaga

Un tribunal de Málaga ha impuesto una condena de ocho años de prisión a un individuo por haber cometido una agresión sexual contra una mujer que se encontraba en un estado de semiinconsciencia en su bar. Adicionalmente, se le ha ordenado abonar una indemnización de aproximadamente 30.000 euros a la víctima, por los daños físicos y morales sufridos.

Los hechos, ocurridos en enero de 2026, involucran a la mujer y a un grupo de amigos que visitaron un bar en Rincón de la Victoria, gestionado por el condenado. Allí, la joven ingirió alcohol y consumió cannabis, lo que llevó a su deterioro físico y eventual semiinconsciencia, momento en el que fue dejada al cuidado del acusado.

Cuando el bar cerró, el acusado aprovechó la vulnerabilidad de la mujer, que apenas podía reaccionar, para acariciarle el cabello y besarla. Según el fallo judicial, esta situación fue utilizada por el procesado para abusar de ella sin que pudiera ofrecer resistencia.

Tras recuperarse, la víctima solicitó al acusado que la dejara marchar a su hogar. Las secuelas de la agresión fueron significativas, obligándola a recibir terapia y dejando marcas emocionales y físicas en su vida.

La Audiencia, al calificar el delito como agresión sexual con acceso carnal sobre una persona sin capacidad de consentimiento, impuso una pena de ocho años de prisión, así como la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de la víctima durante diez años y de comunicarse con ella.

En cuanto a la compensación económica, se estipuló que el agresor debía pagar 10.040 euros por los daños físicos y 20.000 euros por el daño moral. Sin embargo, fue absuelto de la acusación de lesiones.

El tribunal, después de considerar las declaraciones del acusado, de la víctima y de testigos, así como los informes toxicológicos, concluyó que el acusado había sometido a la mujer a actos de contenido sexual, aprovechándose de su estado de semiinconsciencia, que le impedía manifestar su voluntad o resistir.

Un aspecto debatido en el juicio fue si el acusado había inducido intencionadamente este estado de semiinconsciencia al agregar una sustancia a la bebida de la joven. Aunque la acusación sostenía que los resultados de los análisis indicaban la administración de un fármaco, el tribunal no encontró pruebas suficientes para confirmar esta acusación, lo que impidió la aplicación de una agravación de la pena por anulación de la voluntad de la víctima.

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