Condenado a nueve meses de prisión un hombre que conducía sin carné a más de 200 km/h con su familia a bordo en Málaga

Condenado a nueve meses de prisión un hombre que conducía sin carné a más de 200 km/h con su familia a bordo en Málaga

Condena por conducción temeraria y sin licencia en la autovía Fuengirola-Málaga

Al caer la tarde, justo después de las ocho, un hombre decidió emprender el viaje de regreso a Málaga por la autovía, al volante de un vehículo que no le pertenecía. A bordo, lo acompañaban su esposa y sus hijos, mientras que a pocos metros de distancia, dos agentes de la Policía Nacional lo seguían de cerca, alertados por su comportamiento errático. Según el relato de los oficiales, el conductor alcanzó velocidades superiores a los 200 kilómetros por hora, maniobrando de manera imprudente entre los demás coches y zigzagueando sin control.

Este incidente, ocurrido el 18 de noviembre de 2024, ha tenido serias consecuencias para el implicado. La Audiencia Provincial de Málaga ha confirmado la condena de nueve meses de prisión por conducción temeraria y le ha impuesto una prohibición de manejar durante dos años. Asimismo, se mantiene la sanción económica de 16 meses de multa, calculada en diez euros diarios, por conducir sin licencia.

El hombre había recogido a su familia en su hogar antes de dirigirse al Centro Comercial Miramar en Fuengirola. Fue en el trayecto de regreso, alrededor de las 20:15 horas, cuando comenzó a exhibir su peligrosa forma de conducir. La sentencia, que hemos consultado, detalla que el acusado circulaba «haciendo continuamente zigzags, poniendo en riesgo a otros conductores y a sí mismo». Los policías afirmaron que su comportamiento era un claro desprecio por las normas de tráfico, haciendo adelantamientos temerarios.

La defensa del condenado argumentó la falta de pruebas objetivas, alegando que no existían radares, grabaciones o denuncias formales que respaldaran la acusación de conducción temeraria. Sin embargo, la Audiencia desestimó esta línea de defensa, señalando que aunque el testimonio de un agente no goza de presunción automática de veracidad, en este caso, las declaraciones de los dos policías eran «claras y coherentes».

El tribunal enfatizó que la ausencia de un cinemómetro no deslegitimaba el relato de los agentes. La sentencia indica que un conductor que sigue a otro puede estimar la velocidad observando su propio vehículo. Además, la condena no dependía de probar que el acusado circulaba exactamente a 200 km/h; el simple hecho de maniobrar de forma peligrosa y zigzagueante ya constituyó un delito suficiente.

En otro aspecto del caso, se destacó que el coche involucrado en el incidente no era de propiedad del acusado, sino que había sido alquilado por una mujer en el aeropuerto. La sentencia aclara que no se demostró que ella supiera que el hombre no tenía carné, por lo que fue absuelta de responsabilidad.

Curiosamente, el vehículo también estuvo vinculado a incidentes en dos bares cercanos, donde se registraron intentos de robo con fuerza. Sin embargo, la falta de pruebas suficientes llevó a que el tribunal absolvió al conductor de esos cargos, limitando la condena exclusivamente a su conducta al volante.

Publicar comentario

Telegram Crónica Negra - Diario de sucesos Unirme

*Más de 12.000 personas ya siguen el canal

¿Te vas? No te pierdas los sucesos más impactantes en tiempo real...

Únete a nuestro canal de Telegram y recibe antes que nadie alertas, noticias urgentes y casos que están marcando tendencia.

🛑 Avisos inmediatos de sucesos importantes

🚨 Contenido que no siempre publicamos en la web

📲 Notificaciones directas y sin spam