El Supremo retira la patria potestad al acusado por violar al hijo menor de su expareja
El Tribunal Supremo ha decidido retirar la patria potestad al acusado por violar al hijo menor de su expareja en Almería, en aplicación de la ley ‘solo sí es sí’. El Ministerio Fiscal presentó un recurso de casación que resultó en la reducción de la condena de 13 a 11 años y 6 meses de prisión. Ahora, el acusado también deberá cumplir un periodo de cuatro años sin patria potestad y cinco años sin poder tener contacto regular y directo con menores. Además, se le impuso una medida de libertad vigilada por un periodo de diez años.
El Tribunal Supremo acogió el recurso de apelación presentado por la Fiscalía y además de la retirada de la patria potestad, se le impuso al acusado la inhabilitación absoluta para el desempeño de cualquier profesión, oficio o actividad relacionada con menores.
El acusado fue condenado por la sección primera de la Audiencia Provincial de Almería como autor directo de un delito de violación, y se le impuso una pena de 13 años de prisión, inhabilitación absoluta durante el mismo tiempo, una indemnización a la víctima y el pago de las costas procesales.
Los hechos ocurrieron en agosto de 1999, cuando el acusado, de 39 años, llevó al hijo de su pareja a un descampado donde lo amenazó con un objeto punzante y abusó sexualmente de él. Años después, el condenado solicitó la revisión de la pena con motivo de la entrada en vigor de la ley del ‘solo sí es sí’, lo que resultó en la reducción de la condena.
El Ministerio Fiscal interpuso un recurso de casación argumentando la «indebida inaplicación» de la ley del ‘solo sí es sí’ en la sentencia anterior. El Tribunal Supremo aceptó el recurso y decidió imponer las penas de inhabilitación mencionadas, así como la medida de libertad vigilada.




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