Revocan condena por intento de homicidio al considerar que no hubo intención de matar en un atropello en Almería.

Revocan condena por intento de homicidio al considerar que no hubo intención de matar en un atropello en Almería.

Revocación parcial de condena por falta de intención de matar

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha modificado parcialmente una sentencia de la Audiencia Provincial de Almería, reduciendo la condena de más de 12 años de prisión a un hombre acusado de tres delitos de homicidio en grado de tentativa. Según el TSJA, el acusado no actuó con intención de matar cuando atropelló a dos personas con su furgoneta en la capital almeriense en julio de 2023.

Los hechos ocurrieron en la rotonda de la carretera de Níjar, donde una discusión de tráfico desencadenó un enfrentamiento verbal entre dos conductores. Tras un altercado, la furgoneta avanzó hacia los tres hombres, resultando dos de ellos gravemente heridos. La Audiencia Provincial inicialmente condenó al acusado a seis años, tres años y nueve meses, y dos años y seis meses de prisión por cada delito de homicidio en grado de tentativa.

La sentencia del TSJA cambia los delitos por lesiones con pérdida de miembro principal y lesiones agravadas por medio peligroso, al considerar que no se demostró la intención de acabar con la vida. El acusado fue condenado a seis años y dos años de prisión por los nuevos cargos, además de la prohibición de acercarse a los heridos durante un periodo determinado.

El tribunal tuvo en cuenta testimonios y pruebas visuales, concluyendo que el acusado actuó con dolo eventual, asumiendo el riesgo de causar lesiones graves. La sentencia descarta así el «ánimo homicida» y recalca el dolo lesivo en el caso.

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