Rebajan la condena por abuso sexual a menor alegando falta de pruebas
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha reducido la pena de cinco a tres años de prisión para un hombre acusado de abuso sexual a una menor de 14 años. La decisión se basa en la estimación parcial del recurso de apelación presentado por el acusado, quien alegó que se vulneraron el principio acusatorio y el derecho a la presunción de inocencia.
Según el Tribunal, no se ha podido comprobar que el delito de agresión sexual se llevara a cabo mediante acceso carnal ni que los contactos físicos fueran obtenidos por medio de la fuerza, violencia o intimidación. Además, se destaca la falta de coherencia y persistencia en los testimonios de la víctima, los cuales han resultado ser oscilantes y divergentes.
Por lo tanto, el TSJA cambia la calificación del delito a abuso sexual a menor de 16 años. Los hechos ocurrieron en la explanada junto al colegio Reina Sofía durante la medianoche del 7 de julio de 2019 y continuaron en un local del condenado, donde hubo intimidad después de que le diera a la joven una pastilla y alcohol. Además de la pena de tres años de prisión, se mantendrán otras medidas como cinco años de libertad vigilada, orden de alejamiento de 100 metros y de comunicación con la víctima, así como la inhabilitación especial para profesiones que involucren contacto directo con menores durante seis años.
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