Un repartidor exige una indemnización de 35.000 euros al Ayuntamiento de Salamanca debido a una caída en un socavón
En un hecho inusual, el Ayuntamiento de Salamanca se niega a indemnizar a un motorista que sufrió una lesión en el pie después de caer en un socavón causado por la presencia de gravilla suelta. Esta denegación de compensación se suma a otros casos similares en los que las reclamaciones patrimoniales contra la institución municipal rara vez tienen éxito, incluso en situaciones evidentes como la de un camión que chocó contra un árbol y solo recibió una indemnización de 6.000 euros.
Un repartidor en moto se enfrenta ahora al Ayuntamiento de Salamanca en busca de una indemnización de 35.000 euros por los daños sufridos tras una caída mientras transitaba por una calle de la ciudad. El incidente ocurrió cuando el motorista atravesó un profundo socavón en la calle Toreses, donde estaba realizando una entrega. Aunque el informe policial confirma la existencia del defecto en la vía, el ayuntamiento ha decidido no aceptar la reclamación.
La incidente tuvo lugar en febrero de 2021, cuando el conductor se encontraba circulando por la mencionada calle. Según su testimonio a la Policía Local, había dos grandes baches en la vía, siendo capaz de evitar el primero pero no el segundo, lo que resultó en su caída.
El parte policial vinculado al accidente evidencia que la calzada estaba cubierta de barro o gravilla suelta, y fue al pasar por encima con la rueda delantera de la moto que se produjo la caída.
Tras el accidente, el conductor fue trasladado de inmediato al Hospital de Salamanca, donde se le diagnosticaron múltiples fracturas en el pie izquierdo. Fue dado de baja laboral hasta noviembre de 2021, pero luego de una nueva evaluación del INSS, se constató que la lesión aún no había sanado, lo que provocó que volviera a ser dado de baja en enero de 2022. Según su reclamación, el motorista se encuentra aún en esta situación en la actualidad.
El reclamante sostiene que los daños sufridos son responsabilidad del Ayuntamiento de Salamanca, quien tiene la titularidad de la calle. Por ende, exige una compensación de 35.583,37 euros por distintos conceptos, entre ellos, los días de baja laboral, los perjuicios personales, los daños físicos y la pérdida de calidad de vida.
Sin embargo, a pesar de la claridad de los hechos y la evidencia del socavón, el Ayuntamiento tiene previsto rechazar la petición en la próxima comisión municipal de bienes debido a un dato específico: una infracción de tráfico.
Según el informe policial, en el momento del accidente el reclamante circulaba en sentido contrario y realizó una maniobra incorrecta al realizar el giro a la izquierda, lo cual provocó su caída.
La aseguradora responsable de la póliza municipal refuerza esta explicación y alega que no pueden asumir la responsabilidad debido a que el conductor cometió una infracción de tráfico a pesar de la presencia del socavón. Insisten en que la caída se produjo al introducir la rueda en un bache situado en la calzada, en sentido contrario a la marcha, mientras intentaba evitar otro.
Por otro lado, la empresa encargada del mantenimiento de las calles argumenta en la misma línea que no se le puede atribuir culpa, ya que además de circular en dirección contraria, la caída se produjo debido a un derrape provocado por la gravilla suelta en la calzada, un aspecto que no está bajo su responsabilidad.




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