La jueza descarta abrir una pieza separada contra el Ayuntamiento de Murcia en el caso de Atalayas
En un revés para los perjudicados y familiares de las víctimas del incendio en las discotecas Teatre y Fonda Milagros de Murcia, la titular del juzgado de Instrucción número 3 ha desestimado su petición de abrir una pieza separada para investigar la posible actuación negligente del Ayuntamiento de Murcia.
La magistrada explica que la investigación actual se centra en el incendio que ocurrió el 1 de octubre de 2023, en el que trece personas perdieron la vida. Se han iniciado diligencias previas por trece delitos de homicidio por imprudencia grave, pero hasta el momento no hay indicios claros de responsabilidad por parte de los funcionarios municipales.
Según los informes de la Policía Judicial, el incendio se inició en la discoteca Teatre debido al uso indebido de una máquina de fuego frío o chispas, y se propagó a la discoteca Fonda Milagros, donde las víctimas no tuvieron tiempo de salir debido a la falta de un plan de emergencia y evacuación coordinado. Además, se han detectado posibles incumplimientos de medidas de seguridad en ambos locales.
Aunque se reconoce que hubo irregularidades en la situación administrativa de las discotecas y en la gestión de la orden de cese, la jueza considera que estas conductas podrían ser cuestionables en el ámbito contencioso-administrativo pero no necesariamente constituyen un delito penal.
La magistrada destaca que, hasta ahora, no hay suficientes pruebas para justificar la apertura de una pieza separada para investigar un presunto delito de prevaricación administrativa en el Ayuntamiento de Murcia. Sin embargo, deja abierta la posibilidad de que surjan nuevos datos relevantes que puedan cambiar esta decisión.
Señala también que no hay indicios de manipulación o alteración de la documentación relacionada con el expediente administrativo, por lo que no es necesario realizar un registro en las dependencias municipales.
En cuanto a la posibilidad de fijar una pensión provisional para los perjudicados, la juez explica que la normativa exige que la responsabilidad civil esté cubierta por un seguro obligatorio, pero no consta en las actuaciones que este sea el caso.




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