Investigación sobre el incendio en discotecas de Murcia
La magistrada de la plaza 3 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Murcia ha dictado auto de continuación por los trámites del procedimiento abreviado en las diligencias seguidas por el incendio ocurrido el 1 de octubre de 2023 en dos discotecas situadas en el polígono Atalayas de Murcia, en el que fallecieron 13 personas.
La instructora concluye que, tras la práctica de diligencias, existen indicios suficientes para concretar provisionalmente los hechos y atribuirlos a seis personas en concepto de posibles responsables de un delito de homicidio por imprudencia, sin perjuicio de la calificación definitiva que pueda realizarse en fase de enjuiciamiento, según informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJMU) en un comunicado.
El sexto investigado es la persona vinculada indiciariamente a la introducción y utilización de las máquinas generadoras de «chispas de fuego frío» durante la celebración de la fiesta, actuación que el auto considera relevante en el origen del incendio y respecto de la cual aprecia previsibilidad del riesgo.
En el relato indiciario que incorpora la instructora, se describe que durante la celebración de una fiesta se instalaron dos máquinas generadoras de «chispas de fuego frío», alimentadas con titanio, cuyo sistema alcanzaba temperaturas de hasta 452 grados centígrados y podía proyectar chispas a varios metros de altura.
La resolución recoge que dichas máquinas «carecían de número de referencia/serie» y que, conforme a sus propias instrucciones, debían utilizarse respetando determinadas distancias de seguridad. Sin embargo, indiciariamente, «las chispas que desprendían estuvieron colisionando contra el [techo] a lo largo de la noche», hasta que este «comenzó a arder en el punto justo donde chocaban las chispas de fuego frío de titanio».
El fuego se propagó con rapidez, alcanzando el establecimiento contiguo, y «a trece personas que estaban en la planta primera (*) no les dio tiempo a abandonarla y fallecieron en su interior», según se recoge en la resolución.
La resolución también analiza obras realizadas años antes en la nave industrial que albergaba ambos establecimientos. Según el relato indiciario, uno de los investigados y el ingeniero técnico proyectista habrían dividido la nave en dos salas «sin haber obtenido licencia municipal», modificación que «tuvo relevancia en la propagación del fuego de un establecimiento a otro, así como en sus consecuencias».
En concreto, la resolución enumera diversas «deficiencias técnicas de compartimentación que favorecieron la propagación y consecuencias del fuego», entre ellas la inexistencia de elementos con la resistencia al fuego exigible, la falta de una franja de protección adecuada en la cubierta, la ausencia de puertas cortafuegos en la medianería entre ambos locales y la existencia de conductos de climatización que comunicaban ambos espacios «sin existir compartimentación, posibilitando el paso del fuego de un establecimiento a otro».
La instructora acuerda continuar el procedimiento también por trece delitos de lesiones por imprudencia grave, al apreciar indicios de que otras trece personas resultaron lesionadas como consecuencia del incendio. El auto vincula estas lesiones al mismo contexto de actuación indiciariamente imprudente que fundamenta los delitos de homicidio.
Junto a ello, la resolución dirige también la causa por un presunto delito contra los derechos de los trabajadores, al entender que existen indicios de incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales en materia de seguridad frente a incendios.
En cuanto a los funcionarios municipales y al responsable de seguridad del local, la instructora acuerda el sobreseimiento provisional al no apreciar indicios racionales de que exista una relación de causalidad penalmente relevante entre su actuación y el fallecimiento de las trece víctimas ni con las lesiones sufridas por otras personas.
El auto no es firme y puede ser recurrido en reforma y subsidiaria apelación ante la Audiencia Provincial.




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