Rechazada indemnización de 52.423 euros a mujer por caída en Lleida
![]()
La Comisión Jurídica Asesora de la Generalitat ha desestimado la reclamación de responsabilidad patrimonial de una mujer que exigía una indemnización de 52.423 euros al ayuntamiento de Lleida por una caída atribuida al estado deficiente de una baldosa en la vía pública. La reclamante alegó que tropezó con la baldosa y se rompió el húmero, sin embargo, el organismo considera que no existe una relación de causalidad entre el incidente y el funcionamiento del servicio público, señalando que la caída podría haber sido evitada con la atención necesaria.
La mujer afirmó haber sufrido el accidente en una avenida entre una tienda y un bar a las 8.00 horas de un día de octubre, debido a una baldosa levantada sin señalizar. Por su parte, la arquitecta municipal indicó que el pavimento presentaba un leve desnivel de 0,6 cm, pero que no se movía ni representaba un riesgo socialmente inadmisible.
La Comisión Jurídica Asesora concluyó que el desperfecto en la baldosa era fácilmente evitable y que, dado que la caída ocurrió en horario diurno, la visibilidad era suficiente para detectar cualquier irregularidad en la acera.




Publicar comentario