<p><strong>Hombre condenado a nueve meses de cárcel por exhibir pornografía a su sobrina de seis años en Málaga</strong></p>

<p><strong>Hombre condenado a nueve meses de cárcel por exhibir pornografía a su sobrina de seis años en Málaga</strong></p>

Condena a un hombre por exhibir pornografía a su sobrina de seis años bajo el pretexto de educación

La Audiencia Provincial de Málaga ha dictado una sentencia condenatoria de nueve meses de prisión contra un individuo que mostró contenido pornográfico a su sobrina desde que ella contaba con tan solo seis años. Esta conducta se repitió en varias ocasiones hasta que la menor cumplió ocho años. Durante el juicio, el acusado intentó justificar sus acciones alegando que su intención era educativa, una defensa que no fue aceptada por el tribunal.

Según ha revelado la sentencia, a la que ha tenido acceso SUR, los sucesos se iniciaron en 2020, cuando la niña tenía seis años y el procesado contaba con 25 años. En ese periodo, el acusado residía con su madre, quien es también la abuela de la menor, lo que facilitaba que la niña visitara su hogar.

Con el fin de satisfacer sus deseos libidinosos y aprovechándose de su autoridad sobre la menor, el implicado la conducía a su habitación, donde le mostraba videos pornográficos a través de su teléfono móvil. En algunas ocasiones, era él quien seleccionaba el contenido, mientras que en otras inducía a la niña a elegir entre las opciones que ofrecía la página web.

Los episodios de exhibicionismo ocurrieron de manera frecuente durante aproximadamente dos años. La situación llegó a un punto crítico cuando la pequeña hizo un comentario a su madre que encendió las alarmas, evidenciando un conocimiento sexual inusualmente avanzado para su edad. Ante las indagaciones de su madre, la menor reveló que su tío le había mostrado esos videos.

Durante el juicio, el acusado intentó en un principio negar los hechos, pero durante el interrogatorio admitió, sin lugar a dudas, que había exhibido dicho contenido a su sobrina. Intentó justificar sus acciones argumentando que lo hacía para proporcionar educación sexual, una justificación que los jueces consideraron como meros «absurdos intentos de justificación».

A pesar de las acusaciones de la Fiscalía y la acusación particular que sugerían la existencia de tocamientos, los magistrados no encontraron pruebas suficientes para considerar que el hombre había cometido un delito continuado de abuso o agresión sexual. Esta conclusión se basó en los testimonios de la menor y en los informes de los psicólogos que la atendieron.

Por lo tanto, la Audiencia Provincial ha condenado al acusado por un delito continuado de exhibicionismo o provocación sexual a menores, imponiéndole una pena de nueve meses de cárcel. Además, ha sido inhabilitado durante cinco años para cualquier actividad que implique contacto directo con menores, así como establecido un período de dos años de libertad vigilada y una orden de alejamiento respecto a la víctima durante el mismo tiempo. Asimismo, se le ha ordenado indemnizar a la menor con 15.000 euros por daños morales.

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