Condenado a 13 años y 9 meses de prisión por violar de forma continuada a una hija menor de edad de su pareja
En una resolución histórica, la Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Alicante ha dictaminado que un hombre deberá afrontar una pena de 13 años y 9 meses de cárcel tras ser declarado culpable de violar en múltiples ocasiones a una menor de edad, hija de su compañera sentimental. Los hechos tuvieron lugar en el domicilio familiar, ubicado en la Vega Baja, durante un período de tres años.
Según los magistrados, el acusado aprovechó la relación «cuasi paterno-filial» que tenía con la víctima y la intimidad brindada por el hogar para cometer agresiones sexuales desde que la joven tenía 12 años hasta los 15, momento en el que se fue a vivir con su padre biológico. Inicialmente, comenzó realizándole tocamientos en los pechos y el trasero, así como tomándole fotografías desnuda. Sin embargo, posteriormente forzó a la menor a mantener relaciones sexuales, amenazándola con violencia o incluso con quitarle la vida.
La valiente denuncia de la joven, al cumplir la mayoría de edad en febrero de 2021, se debió al temor de que el acusado pudiera hacer lo mismo con sus hermanas, lo que llevó a iniciar una investigación judicial exhaustiva. Culminando en esta sentencia, la Audiencia determina que el hombre cometió un delito continuado de agresión sexual a una persona menor de 16 años y se prevalió de su superioridad y parentesco con la víctima.
El veredicto se basa en el testimonio firme, verosímil y coherente de la perjudicada, respaldado por informes periciales y declaraciones de profesionales en psicología que atestiguaron las agresiones sexuales sufridas. Como resultado, además de la condena de prisión, se le prohíbe al condenado acercarse o comunicarse con la víctima durante 18 años y ejercer cualquier profesión u ocupación que implique contacto directo y regular con menores durante 21 años. También se le impone una medida de libertad vigilada de 9 años tras cumplir su pena de cárcel.
Por último, la sentencia establece una indemnización de 14.000 euros a favor de la víctima como compensación por los daños morales y psicológicos sufridos. Este fallo puede ser presentado en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.




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