Un hombre acepta una condena por agresiones sexuales a su sobrino menor durante su cuidado
Un individuo ha sido sentenciado a cinco años y seis meses de prisión tras admitir su culpabilidad en una serie de agresiones sexuales repetidas contra su sobrino menor de edad. Los abusos se llevaron a cabo mientras el hombre estaba al cuidado del niño, responsabilidad que le fue confiada por su hermana, madre del menor. Esta resolución se alcanzó gracias a un acuerdo entre el Ministerio Fiscal y la acusación particular, lo que ha permitido evitar un juicio oral.
Además de la pena privativa de libertad, el condenado deberá abonar una indemnización de 3.000 euros al menor por los daños morales sufridos y asumir los gastos derivados del proceso judicial.
Los hechos que han llevado a esta sentencia se remontan a agosto de 2019. Durante ese tiempo, el acusado se encargaba de sus sobrinos, de 12 y 7 años, en el hogar de su madre, donde ambos residían bajo la tutela de su abuela materna.
La madre, hermana del acusado, solía dejar a los niños bajo su cuidado mientras ella se ausentaba para trabajar o realizar gestiones. En una de esas ocasiones, mientras los menores se entretenían con una PlayStation en la habitación del acusado, este, impulsado por un ánimo libidinoso, se tumbó junto a uno de los niños en la cama y, a cambio de prometerle un euro, comenzó a realizar tocamientos de carácter sexual. El menor, asustado, logró escapar y buscar refugio en el salón, donde se encontraba su abuela.
En un episodio posterior, en septiembre de 2019, el acusado volvió a aprovecharse del niño mientras este dormía, colocándose a su lado y realizando nuevamente actos sexuales con intención lúbrica. Estos actos, según se describe en el dictamen judicial, causaron daños emocionales al menor, y se llevaron a cabo mientras el hombre pretendía que estaban jugando al puntazo.
Para evaluar el impacto de estos eventos en el menor, se le realizó una valoración psicológica por un experto del Instituto de Medicina Legal (IML) de la Junta de Andalucía. Tras la evaluación, no se encontraron trastornos psicológicos significativos relacionados con las agresiones sufridas.
El tribunal ha calificado los hechos como un delito continuado de agresión sexual, con agravantes relacionadas con el retraso en el desarrollo intelectual del niño y la explotación de una situación de confianza. Además, se ha tenido en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas debido al extraordinario retraso en el enjuiciamiento del caso, que se remonta a 2019, aunque la vista no se celebrará hasta 2026.




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