Condena firme para mujer que operaba como narcotraficante desde un negocio en Vélez-Málaga
En un veredicto que resuena con fuerza, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha validado la condena de tres años y tres meses de prisión impuesta a una mujer, quien administraba un establecimiento de alimentación en la localidad de Vélez-Málaga. Esta sentencia se origina de actividades ilícitas donde se confirmaron ventas de sustancias prohibidas desde el propio negocio.
El TSJA ha desestimado el recurso presentado por la defensa de la acusada, reafirmando así la decisión de la Audiencia de Málaga y corroborando los hechos probados que llevaron a la sentencia, los cuales fueron expuestos tras un operativo policial realizado en julio de 2023, tal como informó Europa Press.
Las pesquisas comenzaron cuando la Unidad de Delincuencia Especializada y Violenta de la Comisaría de Policía Nacional de Vélez recibió alertas anónimas que indicaban que el local estaba siendo utilizado como un punto de venta de drogas. Durante la vigilancia, los agentes observaron a la acusada en la entrada del establecimiento, mostrando un comportamiento sospechoso y vigilante, justo antes de que dos mujeres entraran al local.
Posteriormente, los agentes realizaron una inspección en el lugar, donde hallaron un monedero azul oculto bajo una repisa, que contenía múltiples envoltorios con sustancias estupefacientes. Específicamente, encontraron 114 envoltorios de cocaína, con un valor estimado en el mercado ilícito de 3.423,80 euros, y 86 envoltorios de heroína, valorados en 1.139,07 euros.
La Sala de apelación ha confirmado que estas sustancias estaban destinadas a la venta. Durante la inspección, también se incautaron 440 euros en efectivo, la mayoría en posesión de la acusada, provenientes de su actividad delictiva. Por este motivo, la mujer fue condenada por un delito contra la salud pública, además de ser sancionada con una multa de 18.250 euros.
La defensa de la acusada había presentado un recurso con hasta cuatro alegaciones, las cuales fueron rechazadas por el TSJA. La Sala consideró que el recurso simplemente reiteraba argumentos que ya habían sido discutidos y que no demostraban un error en la valoración de las pruebas por parte de la Audiencia.
El TSJA subrayó que no encontró ningún error sustancial en las consideraciones de la Audiencia y concluyó que el destino de la droga era evidente, independientemente de la ausencia de otros elementos para la preparación de las dosis.




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