Absuelven a dos hombres acusados de agredir a una víctima que falleció dos años después por complicaciones
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha respaldado la decisión de la Audiencia de Málaga, que había declarado inocentes a dos hombres acusados en relación con la agresión a un individuo que, tras caer al suelo y golpearse la cabeza, sufrió graves secuelas que finalmente condujeron a su muerte dos años después.
Según la sentencia emitida por la sala malagueña, a la que Europa Press ha tenido acceso, se establece que la víctima había realizado trabajos de electricidad para los acusados en el año 2018, los cuales no habían sido remunerados. Este contexto de deuda parece haber sido un factor en la posterior confrontación.
En un caluroso día de julio de ese mismo año, en Manilva, el afectado se vio envuelto en una discusión con varias personas «no identificadas». En el transcurso de esta riña, uno de los presentes le propinó un fuerte puñetazo que lo hizo caer al suelo, golpeándose la cabeza contra la acera y quedando inconsciente.
La víctima pasó un total de 139 días hospitalizada, de los cuales 22 estuvo en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI). Las lesiones ocasionadas le dejaron secuelas permanentes, y finalmente, en julio de 2020, falleció a causa de una insuficiencia cardiorrespiratoria aguda derivada de la hidrocefalia postraumática que padecía desde el incidente.
La Audiencia de Málaga, tras un exhaustivo juicio, determinó que no había pruebas suficientes que confirmaran que uno de los acusados había sido quien golpeó a la víctima. Asimismo, no se demostró que el otro acusado estuviera presente en un vehículo en la zona durante la agresión, ni que ambos, acompañados de otras personas, hubieran abandonado el lugar sin prestar ayuda.
Como resultado de estas consideraciones, se absolvió a ambos imputados, decisión que llevó a la fiscalía y a los abogados de la familia de la víctima a recurrir, solicitando la nulidad de la sentencia debido a supuestos errores en la evaluación de las pruebas.
No obstante, el TSJA ha ratificado el razonamiento de la sentencia original, calificándolo de «correcto y ajustado a derecho». La resolución sostiene que no existen pruebas de cargo suficientemente sólidas para contrarrestar la presunción de inocencia de los acusados. Se destaca que el único testigo directo del incidente sólo identificó a uno de los acusados con un nivel de seguridad del 80% al 85%, pero no confirmó esta identificación durante el juicio.
Además, aunque los testimonios de los familiares del fallecido insinuaban la culpabilidad de los acusados por la deuda previa, estos no fueron respaldados por otros elementos de prueba, y se aclaró que no presenciaron la agresión. Debido a esta falta de corroboración, se desestimaron los recursos presentados y se confirmó la absolución.




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