El TSJ corrige al jurado popular de Salamanca por no ver machismo en el crimen de Béjar e impone el máximo castigo
El jurado popular determinó que no había alevosía ni agravante de género. Sin embargo, el magistrado de la Audiencia Provincial de Salamanca consideró que la atenuante de arrebato no era válida y aplicó la agravante de parentesco, resultando en una condena de 14 años por «homicidio doloso sin alevosía».
Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha revocado esta decisión, estableciendo que sí hubo motivación machista y, por lo tanto, se debe aplicar la agravante de género, elevando la pena a 15 años, el máximo posible.
La sentencia destaca que la agresión homicida estuvo vinculada a la condición de la víctima como mujer, en un contexto de ruptura sentimental y actitudes de dominación.
Además, critica la falta de explicaciones del jurado sobre su decisión y subraya la complejidad del caso.
El informe forense reveló que la mujer murió por asfixia y sofocamiento, con signos de violencia evidentes. La víctima presentaba marcas de estrangulamiento y golpes en la cabeza, así como sangre en las sábanas.
Los hechos ocurrieron en agosto de 2023, cuando la mujer fue asesinada por su pareja, quien posteriormente intentó suicidarse. El detenido tenía antecedentes por violencia doméstica, mientras que la víctima no había denunciado malos tratos por parte de su agresor.




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