Confirmada sentencia por hurto y conducción sin permiso de conducir de una motocicleta BMW robada en Los Remedios y abandonada en Brenes. La Audiencia de Sevilla respalda multa de 3.330 euros al joven responsable.

Confirmada sentencia por hurto y conducción sin permiso de conducir de una motocicleta BMW robada en Los Remedios y abandonada en Brenes. La Audiencia de Sevilla respalda multa de 3.330 euros al joven responsable.

Condenado por robar una moto en Los Remedios y quedarse sin gasolina durante la huida

La Audiencia de Sevilla ha confirmado una sentencia previa que condena a un joven por un delito de hurto de uso de vehículos a motor y un delito adicional contra la seguridad vial. El acusado robó una motocicleta marca BMW en Los Remedios y la condujo hacia Brenes a pesar de no tener permiso de conducir.

En una sentencia emitida el pasado 15 de mayo, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla aborda un recurso de apelación presentado por un varón contra una sentencia previa del Juzgado de lo Penal número 14. Esta condena impone multas que suman 3.330 euros al hombre por los delitos de hurto de uso de vehículos a motor y contra la seguridad vial.

Según la sentencia del Juzgado de lo Penal número 14, el acusado, un joven de 18 años sin antecedentes penales, forzó el bombín e hizo un puente en el cableado de una motocicleta BMW estacionada en la calle Virgen de Luján de Sevilla, en la zona de Los Remedios. Posteriormente, el acusado recogió a un amigo y ambos condujeron por la carretera A-8004 hasta quedarse sin combustible en el punto kilométrico 0,100, donde abandonaron el vehículo en el arcén.

La motocicleta fue recuperada por la Guardia Civil y se constató que el acusado carecía de permiso de conducir. El valor de los daños causados en la motocicleta asciende a 2.970 euros, cantidad que el dueño reclama al condenado.

En su recurso de apelación, el condenado argumentó que el importe a pagar al dueño de la motocicleta es excesivo y que no existen pruebas documentales de los daños o de la reparación parcial realizada. Sin embargo, la Audiencia desestima el recurso al señalar que no es necesario dar parte a una compañía de seguros si el robo o hurto no está incluido en la póliza. Además, el hecho de que el propietario haya realizado una reparación mínima por 600 euros no implica que la restauración completa del vehículo se haya realizado por ese importe.

La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla desestima por completo el recurso de apelación y confirma plenamente la sentencia inicial del Juzgado de lo Penal número 14.

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