Confirmada la condena a prisión permanente revisable al hombre que asesinó a su hijo de 11 años en Sueca

Confirmada la condena a prisión permanente revisable al hombre que asesinó a su hijo de 11 años en Sueca

Confirman la condena a prisión permanente para el hombre que asesinó a su hijo de 11 años en Sueca

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha ratificado la pena de prisión permanente revisable impuesta al individuo que cometió el asesinato de su hijo de 11 años en la localidad de Sueca el 3 de abril de 2022.

Los magistrados han rechazado los argumentos presentados por la defensa en el recurso de apelación y han respaldado en su totalidad la sentencia dictada en enero por una magistrada de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia, la cual se basó en el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular.

La Audiencia consideró al acusado culpable de un delito de asesinato hiperagravado, ya que actuó con alevosía y ensañamiento al asesinar a su hijo, además de agravarlo por el parentesco y la discriminación de género, en complicidad con un delito de lesiones psíquicas.

Además de la pena de prisión permanente revisable por estos delitos, el tribunal impuso al acusado una pena adicional de seis años y veinte días de cárcel por delitos de maltrato habitual, amenazas, malos tratos y quebrantamiento de condena en casos de violencia de género.

La Audiencia Provincial de Valencia estableció que el acusado apuñaló al niño con el objetivo de causar el «mayor dolor imaginable» a su exmujer.

En la sentencia del TSJCV, notificada este jueves, se desestiman todos los motivos del recurso de apelación presentado por el condenado.

Los magistrados rechazaron las causas de nulidad planteadas por la defensa, al considerar que el jurado sí se pronunció sobre una oferta hecha por el acusado a su exmujer para cederle un inmueble como compensación económica, aunque no se tuvo en cuenta como atenuante por la magistrada que presidió el juicio.

Asimismo, se descartó cualquier vulneración de los derechos fundamentales en relación a la ratificación de los informes forenses y psiquiátricos durante el juicio, así como en la admisión de la declaración prestada por el acusado durante la fase de instrucción.

Por último, se rechazó el argumento de un error en la apreciación de la prueba, ya que se consideró que el jurado llegó a una conclusión lógica y con total certeza sobre el ensañamiento y la falta de afectación mental en el acusado.

La sentencia emitida por el TSJCV impone al condenado los costos procesales del recurso y puede ser apelada ante el Tribunal Supremo.

Publicar comentario

Telegram Crónica Negra - Diario de sucesos Unirme

*Más de 12.000 personas ya siguen el canal

¿Te vas? No te pierdas los sucesos más impactantes en tiempo real...

Únete a nuestro canal de Telegram y recibe antes que nadie alertas, noticias urgentes y casos que están marcando tendencia.

🛑 Avisos inmediatos de sucesos importantes

🚨 Contenido que no siempre publicamos en la web

📲 Notificaciones directas y sin spam