Condenan a tres años de prisión a un hombre por agredir a una mujer tras quebrantar una medida de alejamiento por acoso

Condenan a tres años de prisión a un hombre por agredir a una mujer tras quebrantar una medida de alejamiento por acoso

Condena de tres años de prisión por agresión y quebrantamiento de medida de alejamiento en Torremolinos

La Audiencia de Málaga ha dictado una sentencia condenatoria de tres años de prisión para un individuo que agredió a una mujer, con la que no tenía ningún lazo familiar o sentimental, mientras incumplía una medida de alejamiento impuesta anteriormente debido a un caso de acoso. Además, el tribunal ha determinado que el agresor deberá abonar a la víctima una indemnización que asciende a más de 75.000 euros.

De acuerdo con los hechos probados en la resolución judicial, en mayo de 2024, un juzgado de Torremolinos estableció medidas cautelares de alejamiento para el acusado en el contexto de un procedimiento por acoso. Este individuo ya estaba bajo el deber de mantenerse alejado de la víctima.

Un mes después, el proceso judicial avanzó, culminando en una sentencia en junio que lo consideró culpable de acoso. Se le impusieron diversas sanciones, que incluían la prohibición de acercarse a la perjudicada o comunicarse con ella por ningún medio. Sin embargo, a pesar de ser plenamente consciente de las repercusiones legales de su conducta, en julio, el acusado agredió a la mujer cuando esta regresaba a su hogar con su padre, propinándole un puñetazo violento en la cara.

La agresión resultó en lesiones significativas, lo que obligó a la mujer a ser trasladada al hospital. La Sección Octava de Málaga, que ha instruido el caso, ha documentado las secuelas de la víctima y ha señalado que el acusado se mostró conforme con los delitos que se le imputaban.

Por estos sucesos, el tribunal ha condenado al hombre por quebrantamiento de condena y lesiones, además de la pena de prisión, se le ha impuesto una multa de 5.400 euros, con la advertencia de que, en caso de impago, podría enfrentar hasta seis años adicionales tras las rejas. Asimismo, se le prohíbe acercarse a menos de 500 metros de la víctima y comunicarse con ella por un periodo de seis años y seis meses, advirtiendo que cualquier incumplimiento podría derivar en un nuevo delito de quebrantamiento de condena.

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