Condenan a joven por agredir sexualmente a tres menores en su vivienda en Novelda

Condenan a joven por agredir sexualmente a tres menores en su vivienda en Novelda

Condenan a joven a cuatro años de prisión por agredir sexualmente a tres menores en Novelda

Alejandro Hernández

En una sentencia emitida por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante, se ha condenado a un joven a cuatro años de prisión por agredir sexualmente a tres menores de edad en Novelda. Las víctimas eran amigas de su hermana y se encontraban pasando la noche en su vivienda.

El tribunal consideró al acusado culpable de tres delitos de agresión sexual contra menores, uno de ellos con acceso carnal. Como resultado, se le impusieron dos penas de seis meses de cárcel y otra de tres años. Además de la condena de prisión, el agresor deberá pagar indemnizaciones a las víctimas: 5.000 euros a dos de ellas y 15.000 euros a la tercera, como compensación por los daños morales sufridos.

Como parte de las medidas impuestas, se le prohíbe al condenado acercarse a menos de 200 metros de las menores y comunicarse con ellas durante ocho años en el caso de una de las víctimas, y durante cinco años en el caso de las otras dos.

Las agresiones cometidas fueron descritas detalladamente en la sentencia. La primera ocurrió en octubre de 2018, cuando la víctima, de 12 años en ese momento, se encontraba durmiendo en casa de su amiga. Durante la noche, el acusado se acostó en el sofá donde estaba la niña y la sometió a tocamientos inapropiados.

La segunda agresión también tuvo lugar en octubre de 2018. La víctima, de 13 años, se encontraba en la habitación del acusado a petición de la hermana de este. Allí, el agresor la tocó y la obligó a practicarle sexo oral.

La tercera agresión ocurrió en noviembre de 2018. Durante la noche, el acusado ingresó a la habitación donde dormían las menores y forzó a una de ellas a tocar sus genitales, a pesar de su resistencia.

La sentencia no es firme y puede ser apelada ante la Sala de lo Civil y Penal del Tsjcv. El tribunal reconoce que la duración del procedimiento ha sido excepcionalmente larga, pero no atribuye esta demora al condenado, sino a la carga de trabajo de la Audiencia Provincial. Por lo tanto, se ha aplicado la atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada.

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