El TSJA confirma dos años de cárcel por abusar sexualmente de una amiga de sus hijastras
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado una sentencia previa que condena a un hombre a dos años de prisión por cometer un delito de abuso sexual contra una menor de once años, amiga de sus hijastras. El sujeto abordó a la víctima por la espalda y le tocó intencionalmente los pechos con ambas manos.
El Alto Tribunal andaluz revisó un recurso de apelación presentado por el acusado, en contra de una sentencia dictada por la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla. Dicha sentencia, además de la condena de prisión, impuso al hombre una prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima durante cuatro años, así como una inhabilitación especial para profesiones que involucren contacto con menores. También se le ordenó pagar una indemnización de 2.000 euros a la menor.
La sentencia del TSJA, emitida el 5 de marzo y difundida por la Oficina de Comunicación del Tribunal, establece que el acusado, identificado como Youssef S., se encontraba en su vivienda junto a sus hijastras y la víctima. Aprovechando que las niñas estaban sentadas en el sofá y la víctima estaba de pie viendo televisión, el hombre se acercó por la espalda y comenzó a tocarle los pechos con ánimo sexual. La menor intentó resistirse y alejarse, pero el acusado bloqueó la puerta momentáneamente antes de permitir que se marchara.
El TSJA destaca que el tribunal de la Audiencia de Sevilla ha otorgado total credibilidad al testimonio de la víctima, el cual ha sido corroborado por sus padres y respaldado por un informe de la entidad ADIMA, elaborado por una psicóloga. El Alto Tribunal considera «absurdo» impugnar el informe de ADIMA y cuestionar la metodología utilizada en la evaluación y diagnóstico.
Además, el TSJA rechaza la acusación de que el testimonio de la menor ha sido inconsistente y ambiguo, así como la insinuación de que los padres de la víctima tengan algún tipo de antagonismo o enemistad con el acusado. Según el Tribunal, los padres mantenían una buena relación de vecindad con el hombre antes del incidente, permitiendo que su hija visitara a las amigas hijastras del acusado.
Finalmente, el TSJA desestima el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado y confirma plenamente la sentencia inicial condenatoria emitida por la Audiencia.




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