Condenan a diez años de prisión a un hombre por agredir brutalmente a un conocido en un bar, dejando secuelas permanentes

Condenan a diez años de prisión a un hombre por agredir brutalmente a un conocido en un bar, dejando secuelas permanentes

Diez años de cárcel por dejar graves lesiones a un conocido en un bar: perdió el olfato, el gusto y un oído.

El incidente tuvo lugar en un bar en la madrugada del 24 de diciembre de 2023, cuando un hombre, en un arrebato de agresividad, atacó a un conocido. Tras una serie de amenazas, y aprovechando un momento de distracción de la víctima, le asestó un violento codazo que lo dejó inconsciente en el suelo, resultando en una fractura craneal. Esta violenta agresión desató una serie de severas lesiones que transformaron la vida del agredido, quien ahora sufre de pérdida de olfato, pérdida parcial del gusto, sordera notable en el oído derecho y una cicatriz visible en su rostro.

Recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha confirmado la sentencia que condena al agresor a diez años de prisión por este ataque brutal. Además, se le ha impuesto la obligación de indemnizar a la víctima con 63.489 euros por los efectos devastadores que ha dejado en su vida. La resolución judicial destaca que el ataque fue ejecutado con alevosía, aunque la sentencia aún puede ser apelada.

El afectado, tras la agresión, enfrentó un traumatismo craneoencefálico grave, que requirió intervención de especialistas en neurocirugía y otorrinolaringología. Después de un largo proceso de recuperación de 131 días, el fallo judicial menciona que las secuelas permanentes incluyen anosmia, ageusia, sordera en el oído derecho y una cicatriz facial.

El agresor ha impugnado la sentencia, alegando un supuesto error en la valoración de las pruebas y reclamando la presunción de inocencia, cuestionando los motivos de la agresión y la omisión de atenuantes como la intoxicación etílica. Sin embargo, el tribunal ha considerado que las declaraciones del agredido son sólidas y creíbles. Aunque no recuerda el momento exacto del ataque debido a la pérdida de conocimiento, pudo relatar las amenazas que había recibido antes del incidente.

Finalmente, el Tribunal Superior sostiene que hay una relación directa entre la agresión y las lesiones resultantes, refutando la idea de que se trató de un acto imprudente. «La teoría de la imprudencia no se sostiene ni desde un punto de vista fáctico ni jurídico», reitera el auto, destacando que todos los testigos coinciden en que la agresión fue intencionada. El agresor había amenazado previamente en múltiples ocasiones, lo que refuerza la conclusión de que su acto fue deliberado. Además, se retiró del lugar sin ofrecer ayuda a la víctima, evidenciando su conocimiento sobre las consecuencias de su conducta. Según el tribunal, queda claro que existió un dolo genérico de lesionar, asumiendo los graves resultados de su acción.

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