Condenado por agredir sexualmente a su nieto de 4 años
En un caso impactante, la Audiencia de La Rioja ha dictado una sentencia condenatoria de 15 años de prisión para un hombre que agredió sexualmente de forma continuada a su nieto cuando solo tenía 4 años. Además, deberá pagar una indemnización de 20.000 euros por daño moral.
Los hechos tuvieron lugar entre 2003 y 2005 en el domicilio familiar, donde el acusado, ex guerrillero en Colombia y fabricante de armas, abusó de su relación de parentesco y superioridad para someter al menor a agresiones sexuales reiteradas, según informó el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de La Rioja.
La sentencia revela que el acusado, con adicción a las drogas, utilizó la fuerza en situaciones de aislamiento y soledad en el hogar compartido, generando en el niño -ahora adulto de 27 años- una situación de indefensión.
Además de la pena de prisión, la Audiencia ha impuesto al acusado 10 años de libertad vigilada y 20 años de inhabilitación para trabajar con menores, debido al clima de temor y silencio que mantenía en su familia.
El acusado también fue denunciado por otra nieta por agresión sexual en Colombia entre 1993 y 1996, pero el caso fue archivado por prescripción. Durante el juicio, miembros de la familia declararon sobre violaciones sufridas a manos del acusado, entre ellos, una de las hijas del agresor es la madre de la víctima.
La sentencia destaca que el comportamiento del condenado se caracteriza por un patrón de abuso sexual intrafamiliar y de «uso de poder sobre los menores», quienes eran sometidos sin posibilidad de defensa.
El tribunal fundamenta la condena en el testimonio creíble de la víctima, en declaraciones de familiares y en un informe psicológico que confirma un trastorno de estrés postraumático en el afectado. La víctima decidió denunciar en 2021 durante una terapia psicológica, al darse cuenta de que debía afrontar un evento traumático que condicionaba su vida.
La sentencia prohíbe al condenado acercarse o comunicarse con la víctima durante 16 años, y señala un «pacto de silencio tácito» en la familia, mantenido por el miedo que infundía el agresor. Este fallo judicial es susceptible de recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de La Rioja.




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