Chantaje del ‘jefe albanés’ en Málaga: tres años de cárcel por las amenazas a usuarios de una web de citas sexuales
La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Málaga ha dictado una sentencia condenatoria contra dos individuos involucrados de manera crucial en una **red de extorsión** que amenazaba a usuarios de un portal de **contactos sexuales**. El tribunal ha determinado que ambos acusados actuaron como **cooperadores necesarios**, proporcionando la infraestructura logística necesaria, como líneas telefónicas y cuentas bancarias, a terceros no identificados que llevaban a cabo las coacciones, exigiendo pagos mediante amenazas de muerte y agresiones físicas.
El funcionamiento de esta organización delictiva, que operó entre agosto y septiembre de 2021, se iniciaba de forma insidiosa. Después de que una víctima visitara la web de servicios sexuales, recibía un mensaje a través de WhatsApp que decía: «Soy el empleado de una casa de chicas y mi jefe es albanés. Has ocasionado unos gastos y hay que solucionarlos por las buenas o por las malas». Así comenzaban las intimidaciones.
De acuerdo con la resolución a la que ha tenido acceso SUR, el éxito de este **chantaje** se basaba en el miedo al escándalo y las amenazas verbales. En muchos casos, los afectados ni siquiera habían contratado servicios, pero el temor a que su círculo cercano descubriera su actividad en línea, sumado a las amenazas explícitas, les forzó a pagar. Un hombre llegó a transferir **2.600 euros** tras ser advertido de que, si no compensaba el «tiempo perdido» de una trabajadora, irían tras él y su familia.
La sentencia evidencia la existencia de al menos cuatro víctimas de esta red, que empleaba la figura ficticia del «**jefe albanés**» como un método intimidatorio para exigir pagos inmediatos. Tres de las víctimas cedieron ante las amenazas y entregaron sumas que oscilaban entre 1.000 y 2.600 euros, fondos que terminaban en cuentas controladas por la organización.
Si bien no se han podido identificar a los autores de los mensajes, la **Sala** subraya que la colaboración de los acusados fue fundamental. Uno de ellos admitió haber adquirido una tarjeta SIM de prepago que entregó a la red a cambio de unos 100 euros. El segundo acusado, un individuo con un historial delictivo que supera las 40 condenas, proporcionó una cuenta bancaria vinculada a una tarjeta prepago de Correos, supuestamente a cambio de **drogas**.
Aún asumiendo como válidas sus versiones, la Audiencia argumenta que ambos eran plenamente conscientes de que las tarjetas serían empleadas para fines ilícitos. En este sentido, la resolución menciona la **doctrina de la «ignorancia deliberada»**, indicando que los procesados debieron entender la **alta probabilidad** de que ceder estos medios a terceros, por un precio mucho mayor al de mercado, tenía como único objetivo delinquir. Al no investigar sobre el destino final y beneficiarse de ello, también deben asumir la responsabilidad penal por las consecuencias de su participación en este negocio, concluye la Sala.
Los hechos han sido calificados como un **delito de amenazas condicionales lucrativas**, en el que los acusados actuaron como cooperadores necesarios. La Audiencia aclara que no se cumplen los elementos de la extorsión, ya que no existió una transacción jurídica viciada, dado que los servicios sexuales nunca existieron. Lo que se produjo fue una exigencia económica pura y dura bajo la amenaza de un mal «real y posible» para las víctimas y sus seres queridos.
Finalmente, la Audiencia ha impuesto a cada uno de los dos procesados una **pena de tres años de prisión**. Además, la sentencia les obliga a indemnizar de manera conjunta y solidaria a una de las víctimas con 2.600 euros, la cantidad exacta que este transfirió tras las amenazas.




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