Yihadista condenado a ingresar en centro psiquiátrico tras aceptar pena de cárcel
La Audiencia Nacional ha decidido condenar al yihadista arrestado en Mallorca a un año y ocho meses de prisión, sin embargo dicha pena será sustituida por su ingreso en un centro psiquiátrico debido a una eximente incompleta de enfermedad mental.
El acusado ha aceptado la pena propuesta por la Fiscalía y ha admitido ser autor de un delito de enaltecimiento del terrorismo. Según la sentencia, este individuo mantenía una intensa actividad en las redes sociales, específicamente en Facebook y Tiktok, donde tenía diez perfiles distintos con los que propagaba la propaganda de grupos terroristas y participaba en la yihad mediática.
El sujeto difundía videos grabados en primera persona, hablando en español y divulgando ideas subversivas en contra de cualquier autoridad o sistema democrático. Además, prometía llevar a cabo actos violentos en nombre de la yihad y animaba a otros a hacer lo mismo.
La sentencia menciona frases como: «Yo soy un sicario de Alláh, si hace falta cortar el cuello lo corto», «¿A qué esperáis a matar a esos perros?», «A ver cuándo empezáis a mutilar a esos hijos de puta y ponerlo en directo». Los magistrados destacan cómo este individuo enfatizaba la importancia de hacer públicos actos de extrema crueldad para generar terror en la población, proclamando la necesidad de la yihad y la «purificación» de los infieles.
En su último video, publicado tres días antes de su detención, el acusado se jactaba de encontrarse en Mallorca mientras lanzaba más consignas violentas y desafiaba a las autoridades.
Se ha determinado que el acusado padece de esquizofrenia residual, aunque la sentencia especifica que esto no le impide entender el significado de sus acciones, aunque no comprenda completamente sus consecuencias.
Como resultado, la pena de cárcel será reemplazada por su ingreso en un centro psiquiátrico para recibir tratamiento, durante un periodo de tiempo no mayor al de la pena de prisión impuesta. Además, se le impone una multa de 540 euros y un periodo de libertad vigilada de tres años. La sentencia es definitiva.
El individuo fue arrestado el 9 de marzo en Campos. La operación fue llevada a cabo conjuntamente por la Comisaría General de Información (CGI) y las Brigadas Provinciales de Información de Palma y San Sebastián, bajo la dirección del Juzgado. Aunque el acusado cuenta con nacionalidad española, no tenía un domicilio fijo en España y fue detectado en diferentes provincias en los últimos años, gestionando sus perfiles delictivos en redes sociales desde su dispositivo móvil.




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