Condenan a 15 años de prisión al tío abuelo de una niña de 10 años por violarla como venganza hacia su madre en Alicante
El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia de 14 años y 9 meses de prisión para un hombre que agredió sexualmente a su sobrina, de tan solo 10 años, como forma de vengarse de su madre. Los magistrados han rechazado el recurso del condenado, destacando que el acto de someter a la niña para obtener satisfacción sexual constituye un acto violento. Además, han señalado que la incapacidad de la menor para precisar cuándo ocurrieron las agresiones no disminuye la fuerza incriminatoria de su testimonio.
Según la sentencia, los hechos tuvieron lugar en el año 2020, cuando la menor visitaba frecuentemente la casa de su tío abuelo. Aprovechando estas visitas, el acusado obligaba a la niña a realizar tareas domésticas mientras abusaba de ella. La menor intentaba resistirse y pedía que la dejase tranquila, pero el hombre continuaba con sus agresiones, argumentando que lo hacía como venganza hacia su madre. Además de los actos sexuales, el acusado generó gran temor y nerviosismo en la niña.
La Audiencia Provincial de Alicante condenó al hombre a 14 años y 9 meses de prisión por un delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años. También se le impuso la pena de libertad vigilada durante 6 años, inhabilitación especial para trabajar con menores durante 20 años, así como una orden de alejamiento y de incomunicación. Además, se le exigió una indemnización de 10.000 euros. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana confirmó la sentencia, y finalmente el caso llegó al Tribunal Supremo debido a la inconformidad del acusado.
La defensa del acusado argumentó que no se le podía condenar por un delito de agresión sexual al no existir violencia o intimidación. Sin embargo, los magistrados señalaron que estaba probado que el hombre sujetaba a la niña del pelo y del cuello con fuerza para obligarla a tener relaciones sexuales, un acto que consideraron violento. Además, el Supremo desestimó el argumento de vulneración de la presunción de inocencia, destacando que la imposibilidad de la menor para concretar las fechas de las agresiones no disminuye la fuerza incriminatoria de su testimonio.
En 18 folios, la Sala de lo Penal explicó el concepto de violencia, resaltando que sujetar a una mujer, especialmente siendo una niña de 10 años, para obtener satisfacción sexual constituye un acto violento. Asimismo, indicaron que el testimonio de la menor estuvo corroborado por otros elementos de prueba, como los testimonios de los miembros de la familia y el reconocimiento del acusado en estado de embriaguez durante una discusión familiar.




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