Condenados a prisión tres socios de Molvízar tras decomisarles 3.800 plantas de cannabis
Un Juzgado de Motril ha dictaminado una sentencia que condena a tres socios de una empresa de Molvízar a un año y medio de cárcel, después de ser detenidos por la Guardia Civil a finales de 2021. Durante la detención, se les incautaron 3.800 plantas de cannabis que habían sido cultivadas en un invernadero de El Ejido, en Almería. La propietaria del invernadero también ha sido condenada a la misma pena.
La sentencia del Juzgado de lo Penal 1 de Motril también impone a los acusados una multa de 350.000 euros cada uno, que se convertirá en dos meses de privación de libertad en caso de no ser pagada. Además, se les requerirá el pago de las costas procesales.
Los hechos ocurrieron el 27 de septiembre de 2021, cuando agentes de la Guardia Civil realizaron un registro en una nave ubicada en Molvízar, perteneciente a los tres socios acusados. Durante el registro, se encontraron y confiscaron 3.800 plantas de cannabis en estado de floración, con un peso total de aproximadamente 380 kilos, así como dos kilos de cogollos y plantas en proceso de secado. También se descubrieron ventiladores y sistemas de extracción de aire en el lugar.
Las plantas habían sido cultivadas previamente en un invernadero en Tarambana-El Ejido, propiedad de una de las acusadas. Esta persona se encargaba del cuidado y riego de las plantas, tras firmar un contrato de arrendamiento de la finca con uno de los acusados. El objetivo del cultivo conjunto era utilizar las plantas para su distribución y consumo ilegal, alcanzando en el mercado un valor de venta al por mayor de 692.233,66 euros.
Lucha contra el cultivo ilegal de marihuana
Esta operación policial forma parte de una iniciativa nacional de la Guardia Civil contra el cultivo ilegal de marihuana. Durante el verano de 2021, se llevaron a cabo diversas inspecciones en cultivos de cáñamo industrial en la costa de Granada, para verificar que no se hubiera manipulado las plantas con el objetivo de obtener sumidades floridas o cogollos.
Es importante destacar que, en el caso del cáñamo industrial, los agricultores solo pueden cultivar plantas macho que no son capaces de desarrollar sumidades floridas. En caso contrario, se necesita una autorización de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, siempre y cuando el contenido de THC en las plantas no supere el 0,2%.




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